A menudo, muchas inquilinas se encuentran con que la inmobiliaria quiere cobrar por haber facilitado el contrato de alquiler de un piso o por realizar cualquier gestión relacionada con el alquiler. Es lo que se conoce como honorarios. ¿Es legal? ¿Cómo podemos reclamar?
1. No, no es legal que te cobren honorarios
Si algo debe quedar claro es que, actualmente, es ILEGAL que la inmobiliaria te cobre honorarios por sus gestiones cuando firmas un contrato de alquiler. Desde la entrada en vigor de la Ley estatal de vivienda, el pasado 26 de mayo de 2023, los honorarios los debe pagar el propietario en TODOS los casos. El artículo 20.1 de la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU) lo deja muy claro:
“Los gastos de gestión inmobiliaria y los de formalización del contrato serán a cargo del arrendador”
Aun así, las inmobiliarias intentan estafar a las inquilinas y hacer que paguen este gasto poniéndole títulos creativos, como Asesoramiento legal, apoyo en la búsqueda de piso o servicio de asesoramiento durante el periodo del contrato. También hay casos en los que han intentado cobrar en concepto del Impuesto de Transmisiones Patrimoniales o por un cambio de suministros. ¡Que no te engañen!
Lo mejor ante estos casos es plantar cara y no aceptarlo. Ahora bien, sabemos que no es fácil negociar cuando la inmobiliaria puede chantajearte diciendo que no te alquilará el piso si no pagas los honorarios. Por este motivo, mucha gente decide pagar y reclamar una vez firmado el contrato.
2. ¿Y si me dicen que o pago o no me dan el piso?
Si decides pagar los honorarios y reclamar después de firmar el contrato, debes tener en cuenta varios aspectos para poder recuperar el dinero:
Siempre es mejor pagar el dinero por transferencia y poner como concepto “gastos de gestión inmobiliaria”
Asegúrate de que te dan una factura donde conste la cantidad pagada y a quién va dirigida. ¡Recuerda que la factura debe llevar IVA!
Si quieren cobrar honorarios, pero con otro nombre (como hemos explicado más arriba), hay que conseguir pruebas que demuestren que no hemos contratado ese servicio.
Por ejemplo, si le ponen el nombre de asesoramiento legal, podemos enviar un correo electrónico a la inmobiliaria, antes de la firma del contrato, diciendo que nos estamos asesorando legalmente por otras vías y que el contrato nos gusta más o menos por los motivos que sean. Así podremos demostrar que es imposible que nos hayan dado ellas ese asesoramiento.
Si lo llaman apoyo en la búsqueda del piso, podemos hacer capturas de pantalla del anuncio de la vivienda que hemos encontrado en internet, de modo que quede claro que no ha sido la inmobiliaria quien nos ha descubierto la existencia del piso. Del mismo modo, cuando escribamos a la inmobiliaria interesándonos por la vivienda, adjuntamos el enlace del portal y dejamos claro que lo hemos encontrado nosotras.
En general, sea cual sea el nombre que le pongan, es conveniente enviar un correo diciendo: “No entendemos a qué os referís con [XXXXX], y no hemos recibido este servicio o asesoramiento”.
En cualquier caso, si te encuentras en esta situación, lo más recomendable es venir a la asamblea más cercana del Sindicat de Llogateres. ¡Así podremos ayudarte a evitar hacer este pago!
3. Y si ya me los han cobrado, ¿puedo reclamar?
Si esta información te ha llegado tarde y ya has pagado los honorarios sin haber seguido los consejos anteriores, ¡NO TE PREOCUPES! Ven al Sindicat de Llogateres y te ayudaremos a buscar una vía para reclamar. Si lo hacemos de manera organizada, nos aseguraremos de que te devuelvan el dinero lo antes posible. En el Sindicat tenemos preparados modelos de carta y de burofax para reclamar estas cuestiones.
4. Firmé el contrato antes del 26 de mayo de 2023 y me cobraron honorarios. ¿Fue legal?
Si firmaste el contrato entre el 6 de marzo de 2019 y el 25 de mayo de 2023 y te cobraron honorarios, también puede que fuera ilegal.
Si el propietario de tu piso es una persona jurídica (es decir, una empresa) y no una persona física, los honorarios los debía pagar el arrendador, no tú. Si es tu caso, ¡ven al Sindicat de Llogateres y también lo reclamaremos!
5. ¿Qué hago si, después de reclamar, la inmobiliaria se niega a devolver el dinero?
En ese caso deberemos interponer una demanda. Técnicamente, lo que presentaremos se llama demanda de juicio verbal para la reclamación de cantidades. Cuando la cantidad reclamada es inferior a 2.000 €, este procedimiento es ideal, porque permite presentar la demanda sin abogado ni procurador, de manera que todo es mucho más ágil
6. ¿La inmobiliaria puede acabar multada si me ha cobrado honorarios ilegalmente?
Sí. Tal como establece el artículo 5 del Decret Llei 1/2025, el cobro indebido de honorarios se considera una infracción muy grave del régimen sancionador, y puede suponer una multa de 90.001 a 900.000 euros.