
El pasado 21 de junio la Consellera Meritxell Borràs presentó el Índice de referencia de precios de alquiler. Del mismo destacamos que:
- Es un indicador de mercado, no un índice social para satisfacer a los residentes y el derecho a la vivienda. Se ha confeccionado teniendo como única fuente de datos el registro de fianzas del Incasòl. Para determinar el Índice contempla elementos físicos como situación, superficie, planta, estado de conservación, certificado energético y antigüedad, y establece una media aritmética entre las rentas de las viviendas de la zona de las mismas características.
- Tiene carácter informativo, esto quiere decir que no será obligatoria su aplicación a diferencia de ciudades como Berlín y París, y, por tanto, no se prevén medidas coercitivas para penalizar su incumplimiento. Se han anunciado futuras medidas de carácter positivo para promover el uso del Índice, como reducciones del IBI o ayudas a la rehabilitación, sin mayor concreción.
Con estas características, el Sindicat de Llogaters i Llogateres valora el Índice presentado como una herramienta insuficiente para controlar la escalada de precios de los alquileres en un momento de elevada demanda como la actual y donde muchos inversores con ánimo especulativo están actuando sobre el mercado del alquiler.
Creemos que la herramienta presentada va muy poco más allá de las ya existentes en plataformas web inmobiliarias o en la información que ya aportaba trimestralmente la Generalitat sobre el mercado de alquiler en base a los datos del Registro de fianzas.
Desde el Sindicato creemos que es absolutamente necesaria la creación de una herramienta que sea efectiva para favorecer el acceso a la vivienda de forma asequible. Por eso defendemos que el Índice de referencia de precios de alquiler debería:
- Ser un sistema formado por datos de origen diverso, no únicamente el registro público de fianzas de alquiler sino también el valor catastral medio, y la necesaria ponderación social que determinaría su asequibilidad para los vecinos, como la renta familiar disponible o el índice de paro de los residentes de esa área.
- Determinar los resultados como renta adecuada para las rentas cercanas a la media, renta asequible para los inferiores y renta abusiva por los superiores.
- Como se hace en otras capitales europeas, promover el uso del Índice de forma obligatoria para aquellas áreas urbanas donde su población residente esté sufriendo exclusión residencial y fenómenos de gentrificación, y donde el precio de mercado del alquiler no sea adecuado para los vecinos.
- Poderse confeccionar y acordar con la participación de las diferentes administraciones competentes en materia de vivienda, Generalitat y Ayuntamientos, así como de los agentes sociales y del sector implicados como cámaras de la propiedad, colegios profesionales, federación de asociaciones de vecinos o sindicato de inquilinos.