{"id":4567,"date":"2023-01-17T08:35:51","date_gmt":"2023-01-17T07:35:51","guid":{"rendered":"https:\/\/sindicatdellogateres.org\/?p=4567"},"modified":"2023-01-20T11:26:47","modified_gmt":"2023-01-20T10:26:47","slug":"hemos-ganado-el-juicio-contra-azora-el-tercer-fondo-buitre-mas-grande-del-estado","status":"publish","type":"post","link":"https:\/\/sindicatdellogateres.org\/es\/hemos-ganado-el-juicio-contra-azora-el-tercer-fondo-buitre-mas-grande-del-estado\/","title":{"rendered":"Hemos ganado el juicio contra Azora, el tercer fondo buitre m\u00e1s grande del Estado"},"content":{"rendered":"\n<p class=\"mg-pattern-lead-parragraph has-x-large-font-size wp-block-paragraph\" style=\"font-weight:700;line-height:1.1\">Es el primer paso en la lucha contra las cl\u00e1usulas abusivas que miles de inquilinas encontramos en nuestros contratos<\/p>\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Por primera vez, un juzgado del Estado espa\u00f1ol ha condenado la inclusi\u00f3n de <a href=\"https:\/\/sindicatdellogateres.org\/es\/nuestras-luchas\/clausulas-nulas-y-abusivas-en-los-contratos-de-arrendamiento\/\" target=\"_blank\" rel=\"noopener\"><strong>cl\u00e1usulas abusivas<\/strong><\/a> y que generan desequilibrios entre arrendadores y arrendatarios en los contratos de alquiler. Y, por primera vez, el Sindicat de Llogateres, junto con el Colectivo Ronda, sienta al banquillo de los acusados <strong>el tercer fondo buitre m\u00e1s grande del Estado: Azora<\/strong>, compa\u00f1\u00eda matriz de las empresas Lazora, EncasaCibeles y T\u00e9mpore Properties, que cuentan con un total de 13.000 viviendas en todo Espa\u00f1a y gestionan 20.000.<\/p>\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"la-lucha-contra-azora-continua-dando-frutos-de-la-regulacion-de-alquileres-en-las-clausulas-abusivas\"><h2 id=\"la-lucha-contra-azora-continua-dando-frutos-de-la-regulacion-de-alquileres-en-las-clausulas-abusivas-2\">La lucha contra Azora contin\u00faa dando frutos: de la regulaci\u00f3n de alquileres en las cl\u00e1usulas abusivas<\/h2><\/h2>\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">El a\u00f1o 2019 centenares de inquilinas de 9 promociones de Azora por todas partes Catalu\u00f1a se organizaron contra subidas de alquiler abusivas. Su lucha fue la punta de lanza para conseguir la <strong>regulaci\u00f3n de alquileres catalana<\/strong>. Azora, el tercer fondo buitre con m\u00e1s viviendas del Estado, siempre se neg\u00f3 a negociar con nosotros. Pero gracias a la regulaci\u00f3n de alquileres, <strong>tuvo que renovar todos los contratos<\/strong> a sus inquilinos sin subidas de alquiler.<\/p>\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Una de estas inquilinas es S\u00edlvia, qui\u00e9n desde el primer momento denunci\u00f3 la incorporaci\u00f3n de <strong>cl\u00e1usulas abusivas en los contratos de alquiler<\/strong>. Una de ellas le impon\u00eda una actualizaci\u00f3n de la renta del 30% pasante desde los 690 euros que pagaba mensualmente en el momento de formalizarse el contrato el enero de 2020 a casi 1.100 euros a partir del tercer a\u00f1o. Decidimos iniciar un <strong>litigio contra Azora<\/strong> con el Colectivo Ronda, con quien tenemos un convenio de colaboraci\u00f3n. Tardamos tres a\u00f1os en sentar a Azora al banquillo de los acusados. Ha merecido la pena: hemos ganado judicialmente a Azora.<\/p>\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"el-resultado-puede-cambiar-el-futuro-de-miles-de-inquilinas\"><h2 id=\"el-resultado-puede-cambiar-el-futuro-de-miles-de-inquilinas-2\">El resultado puede cambiar el futuro de miles de inquilinas<\/h2><\/h2>\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">La sentencia considera <strong>abusivas y fraudulentas 9 de las 10 cl\u00e1usulas denunciadas<\/strong> como vulneradoras de derechos. Este es un precedente in\u00e9dito en el Estado espa\u00f1ol dado que es el primer juicio contra la inclusi\u00f3n de cl\u00e1usulas abusivas en los contratos de alquiler y, por lo tanto, abre las puertas a cambiar el futuro de miles de personas que viven de alquiler y est\u00e1n afectadas.<\/p>\n\n<p class=\"wp-block-paragraph\">Esto solo es posible gracias a la lucha de las afectadas por Azora y gracias la estructura aut\u00f3noma que aportamos las 3.000 afiliadas. Sigamos organiz\u00e1ndonos por bloques y propiedad, \u00a1la ofensiva contin\u00faa!&#13;\n<\/p>\n\n<h2 class=\"wp-block-heading\" id=\"cuales-son-las-clausulas-consideradas-nulas\">\u00bfCu\u00e1les son las cl\u00e1usulas consideradas nulas?<\/h2>\n\n<ol class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>\u201cBonificaciones fraudulentas\u201d:<\/strong> Una de las cl\u00e1usulas abusivas m\u00e1s destacadas son las llamadas \u201cbonificaciones\u201d. Bajo este t\u00e9rmino, Lazora impone subidas de alquiler interanuales que superan el IPC. Concretamente impone subidas de hasta el 20% una vez se han superado los 3 primeros a\u00f1os de contrato (en contratos de 7 a\u00f1os). Esta cl\u00e1usula es contrar\u00eda en el Decreto Ley de marzo del 2019 que proh\u00edbe incrementos por encima del IPC.\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li><strong>Queda anulada<\/strong> por infringir el contenido legal de la nueva regulaci\u00f3n de la LAU por medio del Decreto Ley de marzo de 2019 que proh\u00edbe expl\u00edcitamente incrementos o modificaciones de la renta durante la vigencia del contrato que superen el IPC. A parte, considera que la cl\u00e1usula no cumple el principio de transparencia por su redactado ambiguo, poco claro y poco comprensible, puesto que parte de un precio inicial a partir de una supuesta \u00abbonificaci\u00f3n\u00bb a la adenda del contrato de arrendamiento que no explicita la carga real econ\u00f3mica que hay que acabar pagando en 36 meses. Una r\u00fabrica que, seg\u00fan la sentencia es \u00abuna maquinaci\u00f3n\u00bb para \u00absortear o evitar la aplicaci\u00f3n de la normativa legal\u00bb del hecho que la renta mensual respecto de la inicial no puede superar el incremento del IPC en contratos que tienen una vigencia m\u00ednima de 7 a\u00f1os, como es el caso.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Seguro de impago:<\/strong> En los contratos Lazora hace pagar al arrendatario un seguro por impago.\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Se considera que <strong>vulnera todos los derechos reconocidos legislativamente<\/strong> porque graba al arrendatario un gasto que beneficia y responde a los intereses del arrendador, \u00abrompiendo el justo equilibrio y proporcionalidad entre los derechos y deberes de las partes en una relaci\u00f3n contractual\u00bb. Y, en este caso, el arrendador es un gran tenedor. \u00abEn la legislaci\u00f3n de arrendamientos de car\u00e1cter tuitivo, en ning\u00fan caso se dispone o establece la posibilidad de exigir o cuando menos de repercutir los gastos que puedan generar medidas que garanticen la solvencia del arrendatario\u00bb puesto que \u00abel arrendador dispone de mecanismos que permitan consultar [esta solvencia] con car\u00e1cter previo\u00bb Pero incluso as\u00ed, la sentencia recuerda que una situaci\u00f3n de riesgo por impago o insolvencia \u00abes inherente a cualquier contrato de arrendamiento\u00bb. Y en el supuesto que se contrate un seguro, es el consumidor quien tiene derecho de escoger la compa\u00f1\u00eda aseguradora y en ning\u00fan caso esta puede ser impuesta por el arrendador.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Falsa declaraci\u00f3n de negociaci\u00f3n de las cl\u00e1usulas:<\/strong> Una de las cl\u00e1usulas m\u00e1s controvertidas dentro del contrato es la que afirma que cada una de las cl\u00e1usulas han sido negociadas individualmente entre la empresa arrendadora y el arrendatario.\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>A parte de que ninguna de las cl\u00e1usulas ni elementos contractuales pudieron ser negociadas ni tampoco contrastadas con la opini\u00f3n de ning\u00fan abogado y experto, dado que Lazora se neg\u00f3, el hecho de incluir esta cl\u00e1usula supone un reconocimiento t\u00e1cito de la propia abusivitat de la parte arrendadora, puesto que la normativa comunitaria establece la exclusi\u00f3n de control judicial de aquellas cl\u00e1usulas negociadas individualmente pero imponen la carga de la prueba al empresario que lo alega. Esta cl\u00e1usula, pues, pretende excluir \u00abesta carga probatoria que la legislaci\u00f3n impone, asegurando una prueba abstracta y gen\u00e9rica en todos los contratos\u00bb e impone la carga de la prueba de la no negociaci\u00f3n individual en el consumidor, contraviniendo la legislaci\u00f3n en esta materia.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Posibilidad de retenci\u00f3n de fianza:<\/strong> La empresa se reserva el derecho de retener la totalidad de la fianza si no se cumple con alguna de las condiciones de retorno de la vivienda, por muy \u00ednfima que sea, por ejemplo, haber pintado las paredes de un color diferente al blanco.\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Se considera que esta cl\u00e1usula limita de manera desproporcionada los derechos del arrendatario, dado que \u00abaspectos como una variaci\u00f3n crom\u00e1tica de la vivienda no supone un desgaste ordinario\u00bb y, en este caso, obliga al arrendatario a tener la vivienda pintada de blanco. La sentencia considera que en el supuesto de que esta limitaci\u00f3n crom\u00e1tica no se respete, la vivienda \u00abno se vuelve en un estado de desgaste ordinario, supone impl\u00edcitamente restituirlo en un estado mejorado\u00bb, puesto que el mero transcurso de tiempo supone un deterioro y no se pueden exigir al arrendatario los gastos que excluyen el deterioro ordinario.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Penalizaci\u00f3n por demora en la entrega de llaves:<\/strong> Azora impone el pago de hasta el 300% del precio del alquiler por d\u00eda, por cada d\u00eda que se retrase la entrega de llaves. Esto quiere decir que si un alquiler es de 900\u20ac, el que corresponder\u00eda a unos 30\u20ac por d\u00eda, por cada d\u00eda que el inquilino est\u00e9 en el piso fuera de contrato supondr\u00eda un coste de hasta 90\u20ac diario. No se prev\u00e9n penalizaciones equivalentes por el caso que qui\u00e9n incumpla sea Lazora.\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Se considera nula para establecer indemnizaciones o penalizaciones en un consumidor desproporcionadas. De entrada, considera err\u00f3nea la redacci\u00f3n atendiendo que no explicita que esta ocupaci\u00f3n se haga \u00absin pagar la renta pactada\u00bb, puesto que siendo as\u00ed el perjuicio exigido por la propiedad (pago de renta, p\u00e9rdida de oportunidad de alquiler, pago de gastos de comunidad, etc) deja de tener sentido. As\u00ed mismo, ni que se hiciera constar en la cl\u00e1usula esta imposici\u00f3n en el supuesto de que no se pagara el alquiler, esta igualmente es desproporcionada por el hecho que el arrendatario est\u00e1 obligado a pagar el alquiler por todo el tiempo que siga en el piso (y si no es as\u00ed, un juicio por falta de pago ya permite al arrendador recuperar estos gastos). Por otro lado, la fianza previa entregada ya permite compensar los posibles perjuicios una vez acabada el contacto.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Renuncia a derechos en caso de interrupci\u00f3n de los suministras:<\/strong> Esta cl\u00e1usula exonera de responsabilidad a Azora en caso de interrupci\u00f3n de los suministras por causa ajena al arrendador, impidiendo al arrendatario ninguna indemnizaci\u00f3n a su favor, ni suspensi\u00f3n, reducci\u00f3n o condonaci\u00f3n de las condiciones debidas del contrato.\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Es nula porque vulnera los principios rectores que regulan la materia. La LAU establece la obligaci\u00f3n del arrendador de garantizar \u00abla habitabilidad de la vivienda\u00bb y especialmente cuando en esta cl\u00e1usula se permite la posibilidad que lo suministras vayan a nombre del arrendador, sin posibilidad que se puedan contratar de manera individualizada. A parte, hay un principio de no reciprocidad puesto que en el supuesto de que el arrendador no cumpla con su obligaci\u00f3n contractual de garantizar la habitabilidad del inmueble, se niega al inquilino el derecho, reconocido tambi\u00e9n legalmente, respecto a la posibilidad de pedir resoluci\u00f3n del contrato por carencia de esta habitabilidad.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Derecho del arrendador a hacer visitas peri\u00f3dicas a la vivienda para comprobar su estado:<\/strong> Cl\u00e1usula que establece que el arrendador podr\u00e1 acceder a la vivienda, previo aviso en el arrendatario, con el objetivo de comprobar el buen estado y funcionamiento de los aparatos, instalaciones y utensilios inherentes a la vivienda.\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Es nula por no respetar los principios de igualdad de derechos y deberes de ambas partes y acontecer contraria a la normativa, puesto que la ley obliga al arrendatario a responder de la buena conservaci\u00f3n y mantenimiento del inmueble en el momento de extinguirse la relaci\u00f3n contractual (punto que explicita el mismo contrato de Azora) y por lo tanto no est\u00e1 obligado a permitir visitas peri\u00f3dicas del arrendador. \u00abSolo con la restituci\u00f3n de la posesi\u00f3n [de la vivienda] al finalizar el contrato, es cuando el arrendador puede comprobar que el arrendatario ha cumplido con su deber [de conservaci\u00f3n]\u00bb.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n\n\n\n<li><strong>No devoluci\u00f3n de gastos en caso de que el arrendador incumpla el contrato:<\/strong> En ning\u00fan caso se prev\u00e9 la devoluci\u00f3n de ninguna cantidad desembolsada durante la ejecuci\u00f3n del contrato por parte del arrendatario ni tampoco el derecho a recibir ninguna compensaci\u00f3n aunque sea el arrendador (por ejemplo por mal mantenimiento de la vivienda) quien incumpla el contrato.\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Porque es contraria a la legislaci\u00f3n, que establece la posibilidad que el arrendatario pueda resolver el contrato o solicitar la restituci\u00f3n de la renta pagada cuando el arrendador no cumpla con los deberes de realizar las obras necesarias y de conservaci\u00f3n de la vivienda. A parte de que incumple los principios jur\u00eddicos de cualquier contrato, donde rec\u00edprocamente, el incumplimiento por cualquier de las partes (y no solo del arrendatario) de las obligaciones del contrato mujer derecho a la otra parte a exigir el cumplimiento de esta obligaci\u00f3n o a promover la resoluci\u00f3n.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n\n\n\n<li><strong>Gastos por incumplimiento:<\/strong> Se estipula que ante cualquier incumplimiento (impago o actualizaciones de cantidad) ser\u00e1 el arrendatario quien tendr\u00e1 que asumir los gastos judiciales o extrajudiciales.\n<ul class=\"wp-block-list\">\n<li>Porque no respeta el contenido de la Ley de Enjuiciamiento Civil, puesto que recoge el criterio general de condena en costas de un procedimiento civil sin tener en cuenta otros matices que se puedan considerar y sobrepasando las competencias del legislador o el juez.<\/li>\n<\/ul>\n<\/li>\n<\/ol>\n","protected":false},"excerpt":{"rendered":"<p>Es el primer paso en la lucha contra las cl\u00e1usulas abusivas que miles de inquilinas encontramos en nuestros contratos Por primera vez, un juzgado del Estado espa\u00f1ol ha condenado la inclusi\u00f3n de cl\u00e1usulas abusivas y que generan desequilibrios entre arrendadores y arrendatarios en los contratos de alquiler. 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