Un vacío legal
Durante la negociación de la Ley Estatal por el Derecho a la Vivienda conseguimos, entre otras cosas, que los honorarios de las inmobiliarias ya no los tengan que pagar las inquilinas (este aspecto entró en vigor inmediatamente después de la aprobación de la ley) y que Cataluña pudiera volver a regular el precio de los alquileres.
La regulación de los alquileres de temporada, sin embargo, fue una de nuestras demandas que quedaron fuera. El PSOE se negó a incluirlos y, en cambio, asumió el tibio compromiso de simplemente «constituir un grupo de trabajo para avanzar en una propuesta normativa».
Este grupo ya ha sido creado y se ha reunido dos veces. Aunque los sindicatos de inquilinas hemos participado, es un espacio donde los agentes de la patronal inmobiliaria están totalmente sobrerrepresentados: está claro que la Cámara de la Propiedad, el Colegio de Administradores de Fincas, el Colegio de Agentes de la Propiedad Inmobiliaria y la CEOE velan por el negocio inmobiliario y no por el derecho a la vivienda. Por eso quieren seguir especulando con los alquileres de temporada y de habitaciones.
¿Qué son los alquileres de temporada?
Son contratos pensados exclusivamente para las personas que necesitan cubrir una necesidad temporal de vivienda, sin que esta constituya su domicilio habitual. Se suele decir que van de los 31 días a los 11 meses, aunque realmente pueden tener una duración más larga. En teoría, están pensados para situaciones muy concretas, como cuando te hacen obras en casa o te tienes que desplazar a otra ciudad unos meses para recibir asistencia médica.
¿Por qué es necesario regularlos?
Ahora mismo hacer contratos de temporada es un mecanismo que utilizan caseros e inmobiliarias para eludir la regulación de precios de los alquileres y los mínimos que establece la Ley de Arrendamientos Urbanos (LAU).
Es decir, por un lado la LAU obliga a que los contratos de arrendamiento de vivienda tengan una duración mínima de 5 o 7 años, limita las subidas de precio durante el contrato a la inflación, prohíbe cobrar los honorarios de la inmobiliaria al inquilino, establece unos meses de preaviso para dar por finalizado el contrato, limita la fianza que te pueden pedir y fija también precios máximos en las zonas con mercado de vivienda tenso. Pero, por otro lado, el arrendador puede hacer contratos cortos sin tope de precios y pudiendo cobrar los honorarios al inquilino. Los contratos de temporada permiten expulsar al inquilino al cabo de pocos meses o subir el precio cada año.
Básicamente son contratos basura: provocan inestabilidad residencial, incertidumbre, desprotección y angustia. Generan una situación de escasez ficticia: si siempre estás a punto de perder la casa, potencialmente siempre tienes que buscar piso, lo que busca aumentar la competencia entre inquilinos. Además, esta desregulación provoca incentivos para que los caseros quieran utilizar los contratos de temporada en lugar de los de alquiler de vivienda.
Pero es importante dejar claro que hacer un contrato de temporada a una persona que hace de ese piso su vivienda habitual es totalmente fraudulento. Es como si una empresa, para evitar respetar los derechos de un trabajador, falseara la relación y hiciera ver que es un autónomo.
¿Y los alquileres de habitaciones?
Con el alquiler de habitaciones pasa algo similar. Casi no tiene ninguna regulación específica y no se rige por los mínimos del alquiler de vivienda: no hay duración mínima, regulación de precios, prohibición de cobrar los honorarios al inquilino, etc.
Parece evidente que si tú estás alquilando una habitación, con derecho a utilizar la cocina, el baño y el resto de espacios comunes, eso es una vivienda. Deberías tener, por tanto, las garantías y derechos que tienes con un alquiler de vivienda. Pero eso, ahora mismo, no es así.
¿Qué proponemos hacer?
Nuestra propuesta pasa por reconocer todos los derechos y aplicar las regulaciones del alquiler de vivienda habitual también para el inquilino temporal y de habitaciones. Es decir, que los contratos de temporada y de habitaciones también se sometan a la regulación de precios, a la prohibición de cobrar honorarios, etc.
Además, para evitar los falsos alquileres de temporada, es necesario que la temporalidad del contrato esté explícitamente justificada en el contrato y sea responsabilidad del arrendador demostrar esa necesidad.
Esta regulación tendría un efecto doblemente positivo. Por un lado, se reconocen los mismos derechos para los inquilinos independientemente de la modalidad de contrato. Por otro, los caseros pierden los incentivos para hacer contratos de temporada o de habitaciones: ya no sirven para saltarse la regulación de precios o para ahorrarse los honorarios de la inmobiliaria.
Hay cambios normativos sencillos que pueden someter todos los alquileres a esta regulación y que pueden suponer una mejora muy importante para la efectividad de la regulación de precios y, en definitiva, para la tranquilidad de la gente inquilina.