¿Qué parque de vivienda pública queremos?

¿Vivienda protegida público-privada, que garantice los beneficios de grandes tenedores y operadores privados? ¿O un sector público donde la vivienda no sea una mercancía?

En Cataluña (y en el conjunto del Estado), la proporción de vivienda protegida es ínfima. Esto se debe no tanto a la poca promoción que se ha hecho bajo este régimen, sino a su liberalización al cabo de un tiempo. Se ha hecho, además, con un modelo que ha confiado la gestión de estas viviendas a privados que extraen tasas de rentabilidad elevadas después de amortizaciones muy tempranas.

El objetivo de impulsar un sistema de alquiler público no debería ser el de constituir un mercado de alquiler asequible que contribuye igualmente a engrosar los beneficios y el poder de grandes tenedores, bancos y otros operadores privados, sino impulsar todo un sector donde la vivienda no sea una mercancía.

El 1 de enero de 2025 ha entrado en vigor el Plan territorial sectorial de vivienda, que establece el objetivo de alcanzar en veinte años un 15% de viviendas “destinadas a políticas sociales” en todos los municipios de zonas con demanda residencial fuerte y acreditada, y fija también la reserva de suelo para protección pública. El gobierno ha concretado las primeras acciones en el plan 50.000 y centra en esta apuesta sus propuestas sobre vivienda.

Pero en este ambicioso objetivo la patronal inmobiliaria no deja de encontrar una oportunidad de negocio. Proyecta un modelo de alquiler segmentado donde haya: un sector privado “a precio libre”, otro de protegido público-privado que les garantice igualmente beneficios y acoja a las personas que no pueden pagar los precios “libres”, y finalmente un modelo social a partir del patrimonio gestionado por las administraciones públicas, las viviendas de las mesas de emergencia y el sistema de viviendas gestionadas por entidades sin ánimo de lucro para personas en exclusión. Nosotros, en cambio, defendemos un modelo público de carácter universal sin lógicas discriminatorias o segregadoras por razones económicas o de otro tipo.

Debemos ser conscientes, además, de que la patronal, los medios y los gobiernos a menudo confunden interesadamente términos como “alquiler social”, “precios asequibles”, “vivienda protegida” y “vivienda pública”. Los utilizan indistintamente y esto contribuye al desconocimiento de la población sobre este tipo de políticas.

Mientras tanto, la práctica sindical nos muestra que dentro de los pisos protegidos se encuentra la misma lógica de abusos a los inquilinos que en el mercado libre: trampas en los precios, no renovación de contratos arbitrarias, cláusulas abusivas, desatención de responsabilidades, incomunicación, etc.

Así pues, la disputa actual no es si hay que hacer o no vivienda protegida, sino hacia dónde se orienta: al beneficio privado de promotoras, constructoras y empresas propietarias, o bien al interés general y las necesidades de la clase trabajadora.

Necesitamos un parque de vivienda pública de verdad.

  1. Para hacer crecer el parque de vivienda pública, es necesario destinar un mínimo de un 3% del PIB a inversión en políticas de vivienda, pero no puede ir ni un euro público a vivienda que después no quede protegida a perpetuidad. Otras políticas como las ayudas a la rehabilitación o a la compra también deben tener controles y limitaciones para que no sirvan para la especulación con el precio de la vivienda.

  2. El aumento de vivienda pública y protegida no debe basarse solo, ni principalmente, en la nueva construcción. Puede ser necesario en determinados municipios, pero no de manera general. Hay que adquirir vivienda existente para incorporarla al parque público, con una atención especial a los miles de viviendas que perderán la protección oficial en los próximos años, así como a la vivienda vacía en manos de grandes tenedores. También es necesario aprovechar las herramientas ya existentes para movilizar los pisos vacíos, incluida la expropiación forzosa por incumplimiento de la función social.

  3. Hoy en día se siguen haciendo promociones de vivienda protegida para la venta privada. La vivienda protegida debe ser siempre de alquiler, para evitar seguir ampliando el parque privado con dinero público y para tener un control verdadero sobre este parque.

  4. Toda la vivienda protegida que se promueva debe ser de titularidad pública, o bien bajo modelos cooperativos o mecanismos de cogestión. En los casos en que la titularidad y/o la gestión de pisos protegidos ya esté en manos privadas, esto no puede suponer un abandono de la responsabilidad de control por parte de la administración pública: debe haber un control público mucho más intensivo que evite las condiciones abusivas, asegure el mantenimiento de los edificios y garantice los derechos de los inquilinos.

  5. Para gestionar un parque de vivienda pública más grande y para controlar debidamente el parque de vivienda protegida en manos privadas, es necesario reforzar las herramientas públicas como INCASÒL y la Agència de l’Habitatge de Catalunya.

  6. Se deben reducir los precios del alquiler de la VPO (Vivienda de Protección Oficial) al máximo posible, con un sistema de precios progresivos en función de los ingresos de las unidades de convivencia que incluya el acceso gratuito a una parte de las viviendas. Asimismo, es necesario eliminar el mínimo de ingresos que se requiere a las personas que quieran acceder a la vivienda protegida.
  7. En toda la vivienda protegida, se debe contar con un modelo de contrato tipo, sin ninguna cláusula abusiva ni que cargue al inquilino más deberes de los que ya prevé la LAU (Ley de Arrendamientos Urbanos).

  8. La renovación de los contratos a aquellas unidades que sigan cumpliendo las condiciones establecidas debe ser automática en las viviendas protegidas. Si los pisos forman parte de una política que busca facilitar el acceso a la vivienda, no tiene sentido expulsar a alguien que sigue cumpliendo las mismas condiciones que cuando accedió a ella.

  9. La vivienda pública debe tener la calidad suficiente como para garantizar una habitabilidad digna en materia de temperatura en el hogar. Los precios de los suministros energéticos deben estar regulados para evitar situaciones de pobreza energética.

  10. La vivienda protegida, y especialmente la pública, puede ser un espacio de ensayo necesario para todos los derechos colectivos y sindicales que queremos conquistar para todos los inquilinos: derecho de reunión, derecho a sindicarse, negociación colectiva de los contratos, reconocimiento de los delegados y representantes, control democrático de los gastos comunitarios y la gestión de espacios comunes. Todas estas condiciones deben formalizarse en los reglamentos de convivencia, que ahora mismo solo contemplan obligaciones y sanciones para los inquilinos.